Pronunciamiento Poselectoral 02
Mar 17, 2022

Bogotá, 17 de marzo de 2022. 

La Misión de Observación Electoral – MOE invita a la ciudadanía y a las organizaciones políticas a seguir el proceso de escrutinios con tranquilidad. Se informa que finalizada la jornada electoral, desde el mismo domingo 13 de marzo, y tan pronto se tuvo acceso a la información de los resultados electorales por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil – RNEC, la MOE comenzó con el procesamiento y análisis de los datos, y ha acompañado el proceso de conteo de votos y escrutinios en distintas partes del país, de manera presencial.

La MOE ha encontrado hasta el momento múltiples inconsistencias en el llenado de los formularios E-14 por parte de los jurados que los diligenciaron y que fueron difundidos a través del sistema de preconteo. Inconsistencias que van desde un diligenciamiento inadecuado de las casillas de los formularios y sumas incorrectas de los votos depositados, captura inadecuada de los mismos en el sistema de preconteo, hasta casos de manipulación y alteración de los resultados depositados en el formulario por parte de jurados de votación, que incluso lo han sido reconocidos públicamente. 

Muchos de estos se han ido corrigiendo y deben seguirse resolviendo en los escrutinios, que es la etapa en la que se consolidan los resultados oficiales y definitivos. Las inconsistencias señaladas guardan relación con la decisión de seguir manteniendo 3 formularios E-14 que tienen que ser llenados a mano 3 veces, por lo que a pesar que deben ser copias iguales, no son idénticas; la falta de acceso a la información frente al proceso de selección y designación de los jurados de votación; así como deficiencias en la capacitación de los mismos, entre otros. De igual manera, se evidencian dificultades generadas a partir del diseño del formulario E-14, cuyo error en el diseño fue previamente informado a la Registraduría, particularmente en la página número 9 de las 11 que lo integran, frente al lugar de ubicación de los votos emitidos por la coalición Pacto Histórico. 

Teniendo en cuenta la información que se ha dado a conocer por parte de la ciudadanía a través de redes sociales, la recibida mediante la plataforma www.pilasconelvoto.com, la línea WhatsApp 315 266 1969 y directamente por parte de diferentes candidaturas y organizaciones políticas, así como frente a los reiterados señalamientos de fraude por parte de diferentes sectores, la MOE se permite informar a la opinión pública que ha venido adelantado las siguientes acciones, sobre las que presentará los respectivos informes a medida que se vayan surtiendo los análisis correspondientes: 

  1. Publicación de la base de datos que contiene la información de todos los formularios E-14 (transmisión) utilizados por la Registraduría para el preconteo. La MOE pone esta base de datos a disposición de las organizaciones políticas y la ciudadanía en general, a partir del día de hoy, con el objetivo de que puedan adelantar los controles y revisiones que consideren pertinentes. 
  2. Elaboración de un análisis de las mesas de votación en las cuales en el sistema de preconteo no se registró ningún voto por alguna organización política. Esto tiene como objetivo identificar comportamientos atípicos.

Producto de la verificación realizada por la MOE, se han evidenciado los siguientes hallazgos en relación con las elecciones al Senado de la República. A continuación se presenta la tabla en la que se ordenan las organizaciones políticas conforme a la votación obtenida por las mismas en el preconteo:

*La imagen publicada en 17 de marzo de 2022 en el pronunciamiento 02 contenía un error en la consolidación de los votos por cada una de las organizaciones políticas a partir de los datos del preconteo. Este error ha sido corregido. La información correcta proporcionada por la Registraduría Nacional Del Estado Civil, con corte al 99,31% de avance del preconteo, es la que aparece en esta imagen.

De lo anterior se desprenden comportamientos claramente atípicos en el número de mesas que no recibieron votación alguna por la coalición Pacto Histórico.

A partir de las distintas atipicidades que se derivan de la tabla anterior, que está publicada en la página de la MOE y que será remitida oficialmente, es necesario que las comisiones escrutadoras, el Consejo Nacional Electoral y los órganos de control verifiquen la información contenida en los E-14 diligenciados por los jurados, la cotejen con los E-24 que ya se hayan consolidado, y en su caso, realicen el recuento de los votos emitidos en las respectivas mesas, a fin de garantizar que la totalidad de los votos emitidos por la ciudadanía sean contabilizados previo a la emisión de los resultados definitivos.

  1. Adicionalmente, la MOE realizará un análisis y cotejo muestral de la información contenida en los E-14 (claveros) diligenciados por los jurados, y los E-24 que surjan del trabajo realizado en las comisiones escrutadoras. Esto a fin de verificar los hallazgos puntuales derivados del análisis previamente descrito.

Debe aclararse que para ello se requiere contar con la entrega oportuna de la información que deriva de los formularios E-14 (claveros) y E-24, tan pronto finalicen los escrutinios, con la misma rapidez con la que se recibió la información de los preconteos por parte de la Registraduría Nacional del Estado Civil.

2. Selección de una muestra representativa de mesas para la detección de inconsistencias que se producen entre el preconteo y la producción de los resultados definitivos. Para esto se hará una revisión de la trazabilidad del proceso de escrutinio por medio de los formularios E-26 y las Actas Generales de Escrutinios con el fin de determinar la justificación de los cambios que se den a lo largo del proceso.

Debe aclararse que este cotejo no podrá realizarse hasta tanto no haya una digitalización y procesamiento de los documentos producidos por las comisiones escrutadoras.

3. Identificación de todas las mesas que hacen parte de la DIVIPOL para la votación en territorio nacional y de colombianos en el exterior. Esto a fin de verificar la concordancia entre las mesas incluidas dentro de la DIVIPOL y las que fueron efectivamente instaladas. Esto con el propósito de detectar si como se ha señalado por algunos sectores, existen mesas que han sido denominadas “mesas fantasma”.

Para poder llevar a cabo estas acciones, la MOE requiere que tan pronto finalicen los escrutinios, y con la misma rapidez con la que se recibió la información de preconteos, la Registraduría entregue toda la información de formularios y bases de datos donde esté procesada la información de los formularios E-14, E-24 y E-26. Así como de las Actas Generales de Escrutinio. 

La Misión de Observación Electoral – MOE presentará informes con los resultados de estas investigaciones a la opinión pública y demás Misiones Internacionales de Observación Electoral, a medida que los análisis se completen. Asimismo los compartirá con el Consejo Nacional Electoral, la Procuraduría General de la Nación y la Fiscalía General de la Nación, para que tengan conocimiento de los hallazgos y en caso de identificarse irregularidades, se realicen las acciones correspondientes según sus respectivas competencias.

La MOE recuerda a la ciudadanía que los formularios E-14 (transmisión), que es el acta donde se diligencia el número de votos obtenidos por cada candidato en cada una de las mesas de votación, publicados el día de las elecciones son informativos, no tienen validez jurídica, y sus resultados pueden variar después del proceso de escrutinio

Es sobre el formulario E-14 de claveros que se basan las autoridades electorales para realizar el conteo definitivo en las comisiones escrutadoras. Por tanto, esta es la única versión del E-14 con validez jurídica de los resultados de las elecciones. Es decir, esta información prevalece sobre la difundida el domingo electoral. Dichas comisiones hacen el escrutinio, que inicia una vez finalizada la jornada electoral, allí se verifican y se consolidan los resultados de las votaciones, las comisiones totalizan los resultados zonales del E-14 en el formulario E-24 y en el formulario E-26, así como en las Actas Generales de Escrutinios, para que el Consejo Nacional Electoral pueda realizar la verificación final y difusión de resultados oficiales y definitivos de la elección.

Es responsabilidad de las Comisiones Escrutadoras, no solo resolver las inconsistencias y reclamaciones que son presentadas por los testigos electorales de escrutinios, sino que en sus manos está el hacer un control efectivo de cualquier irregularidad que se evidencie en el proceso, así como remitir a los órganos de control e investigación correspondientes. 

En este sentido, la MOE destaca la labor que vienen realizando algunas Comisiones Escrutadoras en las que sin existir reclamaciones, los y las integrantes han procedido a realizar de manera oficiosa el recuento del total de los votos, en casos en los que por ejemplo, no existe coincidencia entre el número de sufragantes y votos depositados. En los que las Comisiones están compulsando copias para que se inicien investigaciones. 

Por último, a fin de garantizar el adecuado desarrollo de los escrutinios, se le recuerda a todas las personas integrantes de las comisiones escrutadoras que se deben entregar a todas las organizaciones políticas que lo soliciten los documentos parciales y finales que se generan en esas comisiones, a través de los mecanismos de almacenamiento que dispongan las organizaciones políticas.

Mónica Acosta López, coordinadora de comunicaciones. 312 320 37 79

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@MoeColombia

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